common law
Law made by judges deciding cases, which binds later courts through precedent; also the name of the Anglo-American legal tradition as a whole, as opposed to the civil-law tradition of codes.
In SpanishEn español
common law (derecho de creación judicial)
Derecho hecho por los jueces al resolver casos, que obliga a los tribunales posteriores por la fuerza del precedente; también el nombre de toda la tradición angloamericana frente a la tradición civilista de códigos.
False friendFalso amigo. No es el “derecho común” civilista (el código civil como derecho supletorio). Tampoco significa que no haya leyes: hay miles, pero los jueces las interpretan con el mismo método del precedente.
ExamplesEjemplos
- Contracts is still mostly common law; the UCC codified only sales. Contracts sigue siendo sobre todo common law; el UCC solo codificó la compraventa.
RelatedRelacionados: stare decisis (precedent), statute, dictum (obiter dictum) vs. holding
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