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common law

Law made by judges deciding cases, which binds later courts through precedent; also the name of the Anglo-American legal tradition as a whole, as opposed to the civil-law tradition of codes.

In SpanishEn español

common law (derecho de creación judicial)

Derecho hecho por los jueces al resolver casos, que obliga a los tribunales posteriores por la fuerza del precedente; también el nombre de toda la tradición angloamericana frente a la tradición civilista de códigos.

False friendFalso amigo. No es el “derecho común” civilista (el código civil como derecho supletorio). Tampoco significa que no haya leyes: hay miles, pero los jueces las interpretan con el mismo método del precedente.

ExamplesEjemplos

  • Contracts is still mostly common law; the UCC codified only sales. Contracts sigue siendo sobre todo common law; el UCC solo codificó la compraventa.

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